Desde el
14 /09/2018 cuando el contribuyente no declaraba libros electrónicos SUNAT los
multaba con el 0.6 % de los ingresos netos, ello ha sido materia de preocupación
por parte de los infractores, ya que el pago de la sanción seria elevado al no
haber criterio de gradualidad.
Para resolver
este problema hace poco día la sunat ha republicado en su pagina web un
proyecto de resolución de superintendencia en donde incorpora la aplicación de
gradualidad a favor del infractor que busque regularizar su situación tributaria.
La propuesta indica que en el caso de una subsanación voluntaria se apliquen
rebajas que contemplan 90 % (con pago) y 80 % (sin pago) .
En el
caso de la subsanación sea inducida se proponen rebajas que contemplan 70 % (con
pago) y 50% (sin pago).
Si este
proyecto de resolución se aprueba y se publica en el diario El Peruano,
ello permitiría que los contribuyentes que se encuentren incursos en esta infracción
puedan cumplir con aplicar la gradualidad de la sanción impuesta por SUNAT
aplicando los criterios de subsanación y/o pago, los cuales hasta la fecha no existen.
La SUNAT
recibe comentarios sobre este proyecto hasta el 22 de setiembre para lo cual se
pude escribir al correo lsoto@sunat.gob.pe
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