Desde el 2019, los restaurantes y hoteles
deberán emitir comprobantes
electrónicos y así la Sunat registrará en tiempo real el recibo para la
deducción de fin de año. La norma también alcanza a los bares y cantinas,
anunció el MEF.
El Ministerio de Economía y Finanzas aplicó
cambios al reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) e incluyó como
nuevos gastos que los trabajadores pueden deducir de su Impuesto
a la Renta aquellos realizados en restaurantes, bares, cantinas y
hoteles. El 15% de dichos consumos será deducible. Además, se incluirá en la deducción
el IGV que grabe el
consumo.
A partir del 1 de enero del 2019,
los restaurantes, bares, cantinas y hoteles deberán emitir comprobantes de pago
electrónicos y así la Sunat registrará en
tiempo real el recibo.
Automáticamente será considerado como gasto para la deducción
correspondiente a fin año. “Ahora será mucho más sencillo deducir los gastos
que realizan los trabajadores que pagan Impuesto a la Renta, además de
generarse el incentivo para que las personas soliciten sus recibos para poder
deducirlo. Estas medidas son parte de las acciones que venimos tomando para
aumentar la formalización y reducir la evasión y la elusión tributaria”, dijo Carlos
Oliva, ministro
de Economía.
El tributarista David
Bravo explicó cómo se aplicará la norma. “Es decir, si yo
gasto S/ 100 en un hotel o restaurante, puedo deducir S/ 15. Esta modificación
se daría porque muchas personas pagaban en este tipo de empresas como un gasto
de la compañía, pero ahora como persona natural uno puede pagar y deducir el
15%. Hay restaurantes y hoteles que en función a la persona que atienden
entregan o no comprobantes. Ahora, con esta deducción, las personas deberán
exigir un comprobante por el beneficio de deducir una parte del monto”, señaló.
Sin
embargo, para el especialista esta medida no tendría una mayor respuesta en la
recaudación. “Los restaurantes y hoteles que no entregan comprobante deben ser
informales. Una persona que trabaja en el sector formal difícilmente va a un
lugar informal a atenderse. Yo creo que impactará poco en la recaudación, pero
lo que sí podría suceder es que ahora la persona dude en no entregar
comprobante cuando brinda un servicio”, expresó.
Según la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria (Sunat), el nivel de evasión
del IGV de
los sectores de restaurantes, bares, cantinas y hoteles es alrededor del 86%
del impuesto potencial y equivale a aproximadamente S/ 3.200 millones.
FORMALIZACIÓN
El Ministerio
de Economía y Finanzas confía en que cerca de dos millones
de trabajadores se beneficiarán de la deducción de gastos y se promoverá la formalización.
Se
debe tomar en cuenta que en la práctica muchos profesionales no entregan
comprobantes, pero ahora, al querer una persona natural tributar menos, se
exigirá un recibo. Como precisión, se informa que “los gastos por honorarios
profesionales de médicos y odontólogos efectuados para la atención de la salud
de hijos mayores de 18 años con discapacidad son deducibles a partir de la
inscripción de aquellos en el Conadis".
PROFESIONALES
El Decreto
Supremo N° 248-2018-EF, publicado hoy en el boletín de
normas legales de El Peruano, amplió el alcance de los
servicios profesionales que pueden ser deducidos del Impuesto
a la Renta.
Hasta
antes del Decreto Supremo publicado este sábado, eran solo 13 las profesiones y
oficios deducibles. Desde el próximo año, todas las profesiones y oficios
tendrán validez para la deducción.
EN CIFRAS
- 2019: A
partir del próximo año, los negocios de hospedaje y alimentación deberán emitir
comprobantes electrónicos.
-
15%: Puede deducir una persona natural de los servicios de restaurantes y
hoteles.
Fuente:la republica.pe
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