
El depósito
de CTS les
corresponde a trabajadores del sector privado y
a estatales. Empleadores deben depositar el monto correspondiente en los meses
de mayo y noviembre.
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un
beneficio que alcanza a todos los trabajadores.
En los meses de mayo y noviembre, los empleadores deben depositar a nombre de sus trabajadores en una cuenta CTS de una entidad bancaria.
En los meses de mayo y noviembre, los empleadores deben depositar a nombre de sus trabajadores en una cuenta CTS de una entidad bancaria.
Para realizar un cálculo, se debe considerar el sueldo neto del trabajador y un sexto de la gratificación pagada en julio.
La CTS a depositar equivaldrá al 50% de la suma de ambos montos.
cabe señalar
que para acceder a este beneficio tienes que contar con un mes de ingreso a
planilla.
Los empleados
de una pequeña empresa, que alcancen ingresos anuales mayores a 1700 UIT y que
hayan sido contratados después que la empresa se inscribió en el Registro
Nacional de Micro y Pequeña Empresa, recibirán el 50% del régimen común.
la fecha máxima
para el depósito es hasta el 15 de noviembre, posteriormente a esa fecha se
aplica la multa correspondiente
DESCARGAR FORMATO PARA CALCULO DE CTS
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