miércoles, 11 de julio de 2018

HORAS EXTRAS

Horas extras

Dentro de las leyes laborales que rigen en el país, una de las consultas que suele hacerse respecto a las horas extras es cómo se pagan y cuál es el máximo permitido por ley.
Como sabes, el trabajo en sobretiempo, popularmente conocido como horas extras, es el tiempo laborado después de la jornada ordinaria de trabajo.

Según la ley, existe un máximo de horas diarias y semanales a trabajar, que se encuentra contemplado en el artículo 1° del Decreto Legislativo No. 854:

“La jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como máximo.

 Las horas extras solo se deben de  realizar de forma voluntaria, es decir que no se te puede obligar a trabajar fuera de tu horario regular.

Las únicas excepciones que contempla la Ley son casos de fuerza mayor, que pongan en peligro a las personas o bienes de la empresa, O que hagan peligrar la continuidad de la actividad productiva.

Para el resto de casos, eres tú quien decide si aceptar hacer trabajo en sobretiempo.

Las horas extras se pagan con un recargo del 25% por las dos primeras horas extras y de 35% a partir de la tercera hora extra; y una alternativa legal consiste en otorgar descanso pagado en compensación al sobretiempo, previo acuerdo escrito con el trabajador. 

Sí. En los centros de trabajo en que las labores se organicen por turnos que comprenda jornadas en horario nocturno, éstos deberán, en lo posible, ser rotativos. El trabajador que labora en horario nocturno sus horas extras tendrán  una sobretasa del 35%. Se entiende por jornada nocturna el tiempo trabajado entre las 10:00 p.m. y 6:00 a.m.


Ejemplo: 
Juan labora en una empresa como auxiliar de kardex  y percibe una remuneración mensual de S/ 1,000 Su jornada de trabajo es 7:00 am – 4:00 pm. Un día permaneció en su puesto de trabajo hasta las 7:00 pm.

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